¿La licencia de conducir es un requisito indispensable?
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No, para obtener su permiso temporal. |
Si está pagando el vehículo ¿Qué documento puede presentar?
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El registro de placas o la carta factura (documento que emite el banco o la agencia que esta financiando el vehículo) a su nombre y el documento debe tener una antigüedad menor a tres meses.
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¿Qué se necesita para legalizar un vehículo? |
Es necesario que acuda con alguna agencia aduanal o consulte a la Administración General de Aduanas que es la única dependencia que se encarga de realizar las importaciones definitivas por lo que es necesario llamar al teléfono 01-800-463-6728 opción de comercio exterior 7 y después 2, en la Cd. de México; desde EUA 1-877-448-87-28 ó ingresar a la pagina electrónica www.aduanas.sat.gob.mx. |
¿Qué personas pueden realizar el trámite? |
Los padres e hijos ó esposa(o) del propietario, quienes deberán presentar obligatoriamente su acta de nacimiento ó el acta de matrimonio para comprobar el parentesco, asumiendo que la tarjeta de crédito o de débito siempre deberá estar a nombre de la persona que solicita el trámite. |
¿Qué personas pueden conducir el vehículo? |
Los vehículos podrán ser conducidos en territorio nacional por el importador, su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o hermanos siempre y cuando sean residentes en el extranjero, o por un extranjero con la misma calidad migratoria. Cuando sea conducido por alguna persona distinta de las autorizadas, invariablemente deberá viajar a bordo el importador del vehículo. |
Si el vehículo es propiedad de la empresa ¿Qué documentos se requieren? |
Presentar el titulo o registro de placas a nombre de la empresa así como un documento actualizado que compruebe la relación laboral. |
¿Se puede cancelar el permiso en los módulos consulares o por internet? |
No, las cancelaciones únicamente se efectúan en los módulos que se encuentran ubicados en la franja fronteriza, en donde Banjercito cuenta con el equipo suficiente para agilizar este trámite; cabe aclarar que es necesario llevar el vehículo, el holograma y el permiso para que se pueda efectuar la cancelación del mismo. |
Si no se cuenta con el vehículo para cancelar el permiso ¿Qué pueden hacer? |
Consultar con la autoridad aduanera a fin de que puedan asesóralos, ya sea llamando a los teléfonos 01-800-463-6728 opción de comercio exterior 7 y después 2, en la Cd. de México; desde EUA 1-877-448-87-28 ó enviar un correo electrónico a CIITEV_AduanaMexico@sat.gob.mx para solicitar mayor información. |
¿Se puede llevar un remolque y una motocicleta junto con el vehículo? |
Si, siempre y cuando se acredite la propiedad de ambos y sólo se cobra un permiso, el número de motocicletas remolcadas (terrestres o acuáticas), trimotos, cuatrimotos o carros de recreo de los no autorizados para circular en carreteras Federales o Estatales, siendo el máximo permitido de hasta tres vehículos remolcados. |
¿Se puede vender el vehículo importado temporalmente en México? |
No, está estrictamente prohibido vender, regalar o enajenar el vehículo así cómo utilizarlo para transporte de carga o para actividades comerciales, ya que pueden tener graves problemas legales si no se cumple esta disposición. |