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Terminales Punto de Venta (TPV)

Un contrato establecido entre Banjercito y el Comercio, a quien se le otorga un Número Único que lo identifica y autoriza operar mediante una Terminal Punto de Venta (TPV). Autoriza todas aquellas ventas que el comercio realice mediante la aceptación de Tarjetas Bancarias (Crédito y Débito) Nacionales e Internacionales, de la marca VISA y MASTERCARD donde el producto de las mismas es abonando automáticamente a una cuenta de cheques que previamente el Comercio apertura con Banjercito.

Usted podrá solicitar esta operación en cualquier sucursal Banjercito a nivel nacional.

¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?

Para los negocios que tengan o aperturen una cuenta de cheques con Banjercito.

VENTAJAS

  • Permite realizar transacciones electrónicas con la seguridad de que la tarjeta es confiable.
  • Liberación de los montos en la cuenta de cheques por concepto de ventas en el comercio será realizada en 48 hrs. posteriores al depósito.
  • Incrementar las ventas del Comercio por la aceptación de Tarjetas Bancarias.
  • Mejorar el servicio a la clientela aceptando otros medios de pago.
  • Reduce el manejo de efectivo y riesgos que conlleva el mismo.
  • Disminuye los costos operativos y administrativos contra el manejo en efectivo como es el recuento, el registro y traslado del dinero.
  • Eficiente administración y control de la información de ventas realizadas a través de la TPV con ayuda de su estado de cuenta y cortes diarios.

CONDICIONES Y REQUISITOS

  • Abrir una cuenta de cheques con BANJERCITO.

    Personas Físicas:

  • Contar con un local comercial establecido y ubicado.
  • Contar con línea telefónica para el proceso de autorización.
  • Copia del Alta en la SHCP y cédula fiscal.
  • Copia de domicilio Fiscal (contrato de arrendamiento, recibo de luz, recibo de predial, etc.).
  • Copia de Identificación oficial del representante legal.
  • Copia de Identificación oficial del encargado del negocio.

    Personas Morales:

  • Contar con una línea telefónica para la instalación de la TPV.
  • Copia del Acta constitutiva del Negocio.
  • Copia de Domicilio Fiscal (contrato de arrendamiento, recibo de luz, recibo de predial, etc.)
  • Copia de Identificación oficial del representante legal.
  • Copia de Identificación oficial del encargado del negocio.

COMISIONES

Vigencia a partir de agosto 2008 / Comisiones más IVA

Última modificación:

Martes 1 de Diciembre de 2009 a las 9 a.m.,Roberto Miguel Vaca Flores.

Serv. Financieros
Serv. Bancarios
Transferencia
Referenciados
Impuestos
Internacionales
Tecnologicos
Nomina
Divisas
Metales Amon.
Pagos

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