Un contrato establecido entre Banjercito y el Comercio, a quien se le otorga un Número Único que lo identifica y autoriza operar mediante una Terminal Punto de Venta (TPV). Autoriza todas aquellas ventas que el comercio realice mediante la aceptación de Tarjetas Bancarias (Crédito y Débito) Nacionales e Internacionales, de la marca VISA y MASTERCARD donde el producto de las mismas es abonando automáticamente a una cuenta de cheques que previamente el Comercio apertura con Banjercito.
Usted podrá solicitar esta operación en cualquier sucursal Banjercito a nivel nacional.
¿A QUIÉN VA DIRIGIDO?
Para los negocios que tengan o aperturen una cuenta de cheques con Banjercito.
VENTAJAS
- Permite realizar transacciones electrónicas con la seguridad de que la tarjeta es confiable.
- Liberación de los montos en la cuenta de cheques por concepto de ventas en el comercio será realizada en 48 hrs. posteriores al depósito.
- Incrementar las ventas del Comercio por la aceptación de Tarjetas Bancarias.
- Mejorar el servicio a la clientela aceptando otros medios de pago.
- Reduce el manejo de efectivo y riesgos que conlleva el mismo.
- Disminuye los costos operativos y administrativos contra el manejo en efectivo como es el recuento, el registro y traslado del dinero.
- Eficiente administración y control de la información de ventas realizadas a través de la TPV con ayuda de su estado de cuenta y cortes diarios.
CONDICIONES Y REQUISITOS
- Abrir una cuenta de cheques con BANJERCITO.
- Contar con un local comercial establecido y ubicado.
- Contar con línea telefónica para el proceso de autorización.
- Copia del Alta en la SHCP y cédula fiscal.
- Copia de domicilio Fiscal (contrato de arrendamiento, recibo de luz, recibo de predial, etc.).
- Copia de Identificación oficial del representante legal.
- Copia de Identificación oficial del encargado del negocio.
Personas Morales:
- Contar con una línea telefónica para la instalación de la TPV.
- Copia del Acta constitutiva del Negocio.
- Copia de Domicilio Fiscal (contrato de arrendamiento, recibo de luz, recibo de predial, etc.)
- Copia de Identificación oficial del representante legal.
- Copia de Identificación oficial del encargado del negocio.
Personas Físicas:
Vigencia a partir de agosto 2008 / Comisiones más IVA
Última modificación:
Martes 1 de Diciembre de 2009 a las 9 a.m.,Roberto Miguel Vaca Flores.



