| ¿La licencia de conducir es un requisito indispensable?
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| No, para obtener su permiso temporal, EXCEPTO SI PRESENTA PERMISO PARA VOTAR SIN FOTOGRAFÍA como comprobante de residencia en el extranjero. |
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Si está pagando el vehículo ¿Qué documento puede presentar?
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El registro de placas o la carta factura (documento que emite
el banco o la agencia que esta financiando el vehículo)
a su nombre y el documento debe tener una antigüedad
menor a tres meses.
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| ¿Qué se necesita para legalizar un vehículo? |
| Es necesario que acuda con alguna agencia aduanal o consulte a la Administración General de Aduanas que es la única dependencia que se encarga de realizar las importaciones definitivas por lo que es necesario llamar al teléfono 01-800-463-6728 opción de comercio exterior 7 y después 2, en la Cd. de México; desde EUA 1-800-475-23-93 ó ingresar a la pagina electrónica www.aduanas.sat.gob.mx. |
| ¿Qué personas pueden realizar el trámite? |
| Los padres e hijos ó esposa(o) del propietario, quienes deberán presentar obligatoriamente su acta de nacimiento ó el acta de matrimonio para comprobar el parentesco, asumiendo que la tarjeta de crédito o de débito siempre deberá estar a nombre de la persona que solicita el trámite. |
| ¿Qué personas pueden conducir el vehículo? |
| Los vehículos podrán ser conducidos en territorio nacional por el importador, su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o hermanos siempre y cuando sean residentes en el extranjero, o por un extranjero con la misma calidad migratoria. Cuando sea conducido por alguna persona distinta de las autorizadas, invariablemente deberá viajar a bordo el importador del vehículo. |
| Si el vehículo es propiedad de la empresa ¿Qué documentos se requieren? |
| Presentar él titulo o registro de placas a nombre de la empresa así como un documento que compruebe la relación laboral. |
| ¿Se puede cancelar el permiso en los módulos consulares o por internet? |
| No, las cancelaciones únicamente se efectúan en los módulos que se encuentran ubicados en la franja fronteriza, en donde Banjercito cuenta con el equipo suficiente para agilizar este trámite; cabe aclarar que es necesario llevar el vehículo, el holograma y el permiso para que se pueda efectuar la cancelación del mismo. |
| Si no se cuenta con el vehículo para cancelar el permiso ¿Qué pueden hacer? |
| Consultar con la autoridad aduanera a fin de que puedan asesóralos, ya sea llamando a los teléfonos 01-800-463-6728 opción de comercio exterior 7 y después 2, en la Cd. de México; desde EUA 1-800-475-23-93 ó enviar un correo electrónico a CIITEVAduanaMexico@sat.gob.mx para solicitar mayor información. |
| ¿Se puede llevar un remolque y una motocicleta junto con el vehículo? |
| Si, siempre y cuando se acredite la propiedad de ambos y solo se cobra un permiso, el número de motocicletas remolcadas (terrestres o acuáticas), trimotos, cuatrimotos o carros de recreo de los no autorizados para circular en carreteras Federales o Estatales, depende del número de pasajeros que viajen en el vehículo, siendo el máximo permitido de hasta tres vehículos remolcados. |
| ¿Se puede vender el vehículo importado temporalmente en México? |
| No, esta estrictamente prohibido vender, regalar o enajenar el vehículo as¡ cómo utilizarlo para transporte de carga o para actividades comerciales, ya que pueden tener graves problemas legales si no se cumple esta disposición. |